Terreny en venda a Canillas de 450 m²
Canillas, Hortaleza, Madrid
1.100.000 €
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450 m²
Característiques
Certificat energètic no indicat
Descripció
Se venden un solar es de 450 m2.
Normativa 8.4 PGOUM.
Permite Parcela mínima 250 según normativa.
Zona exclusiva, con todos los servicios a un paso.
Estaciones de Metro Cercanas: Pinar del Rey y Arturo Soria.
Resumen normativa: Artículo 8.8. 4 Parcela mínima (N-1)
c) Grado 4º: Doscientos cincuenta (250) metros cuadrados
Artículo 8.8. 5 Condiciones de parcelación (N-2)
1. No cabrá efectuar parcelaciones, reparcelaciones o segregaciones de fincas que incumplan, las superficies mínimas de parcela señaladas en el artículo anterior y las siguientes dimensiones mínimas en su lindero frontal:
c) Grados 3º y 4º: Ocho (8) metros lineales y cinco (5) metros lineales en tipología de vivienda agrupada en hilera o adosada. 775
2. La forma de la parcela permitirá inscribir en la misma un círculo de diámetro igual o superior a:
d) Grado 4º: Ocho (8) metros.
3. En parcelaciones de vivienda unifamiliar adosada, agrupada o en hilera en el grado 3º, la proporción entre el fondo de la parcela y su frente no excederá de cinco a uno (5:1).
Artículo 8.8. 6 Separación a linderos (N-2)
1. La separación de las fachadas a los linderos laterales será como mínimo:
Grado 4º: Tres (3) metros.
Artículo 8.8. 7 Retranqueos (N-2)
1. La separación entre el plano de la fachada y la alineación oficial será superior a los siguientes valores:
d) Grado 4º: Cuatro (4) metros.
Artículo 8.8. 8 Ocupación (N-2)
1. La ocupación de la parcela por el conjunto de edificaciones situadas sobre y bajo rasante, no podrá ser superior al resultado de aplicar a la superficie de parcela edificable los siguientes coeficientes de ocupación:
d) Grado 4º: Cincuenta por ciento (50%)
Artículo 8.8. 9 Coeficiente de edificabilidad (N-1)
1. El coeficiente de edificabilidad neta sobre parcela edificable se establece para cada grado y nivel en:
d) Grado 4º: Un (1) metro cuadrado por cada metro cuadrado.
Artículo 8.8. 10 Altura de cornisa (N-2)
La cota de origen y referencia para la medición de la altura de cornisa será la del contacto de edificación con el terreno en el punto medio de la fachada en que se sitúa el acceso al edificio.
1. En los grados 1º, 2º, 3º, 4º y 6º, la edificación no podrá superar una altura de tres (3) plantas, ni una altura de cornisa de mil cincuenta (1.050) centímetros.
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Ubicació
Canillas, Hortaleza, Madrid
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